Ayudas y Subvenciones

Una información facilitada por la Agencia de Desarrollo y Empleo de Ateca

El Ayuntamiento de Ateca publica las ayudas para asociaciones sin ánimo de lucro de Ateca para actividades y/o eventos culturales que contribuyan al logro de un fin de utilidad pública o interés social.

EXTRACTO de la convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de cultura 2024.
BDNS (identif.): 786046.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/786046

Primero. — Personas beneficiarias.

Todas aquellas asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas y debidamente registradas en el correspondiente Registro de la comunidad autónoma que tengan su sede en el municipio de Ateca, que realicen durante el ejercicio de 2024 actividades subvencionables.

Segundo. — Objeto.

El objeto de la convocatoria es colaborar económicamente con las asociaciones o entidades sin ánimo de lucro de Ateca, con la finalidad de fomentar la participación por parte de los ciudadanos en la realización de actividades y/o eventos culturales que contribuyan al logro de un fin de utilidad pública o interés social.

Tercero. — Bases reguladoras.

La convocatoria se realiza dentro del marco legal establecido por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; su Reglamento de desarrollo (Real Decreto 887/2006, de 21 de julio), y de forma expresa sobre las bases reguladoras que se determinan en la Ordenanza General de Subvenciones.

Cuarto. — Cuantía.

El importe de la subvención no podrá superar el 75% del presupuesto de la actividad, hasta un máximo de 1.500 euros. La concesión de estas subvenciones es compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, si bien el importe de la misma en ningún caso podrá ser el coste de la actividad subvencionada.

Quinto. — Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días desde la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPZ. La convocatoria íntegra será publicada en la web del Ayuntamiento de Ateca (http://www.aytoateca.es), en la sede electrónica de Ateca (http://www.ateca.sedelectronica.es) y en tablón de anuncios. El impreso de solicitud, así como el resto de modelos normalizados a cumplimentar por el solicitante, se podrán a disposición de los interesados en la página web del Ayuntamiento de Ateca

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